No firmes ningún documento si no te dan antes una copia idéntica con la firma y sello de la empresa, en todas las hojas (no vale sólo el sello). Solicita la presencia de un representante legal en el momento de la firma del finiquito.
Si decides firmar la carta añade en todas las copias NO CONFORME, con la fecha del día que la firmas.
Si en el texto figura que ya has cobrado alguna cantidad y no es así tienes que añadir PENDIENTE DE COBRO.
Si no estás de acuerdo con el finiquito, ni lo firmes ni lo cobres. Tienes un año para reclamar cantidades.
El poner NO CONFORME te abre la posibilidad de demandar el despido, para ello tienes 20 días hábiles.
• No hay indemnización.
• No hay preaviso.
• Indemnización de 20 días por año trabajado, máximo 12 meses.
• Preaviso de 15 días.
• Después de la reforma laboral de 2012, la indemnización consiste en 45 días por año trabajado de tu antigüedad antes del 12 de febrero de 2012 y 33 días del tiempo posterior a esa fecha con un máximo de 24 meses.
• Preaviso de 15 días.
• Si el despido es declarado improcedente la empresa tiene dos opciones, readmitirte o pagarte la indemnización.
• En este caso la readmisión es obligatoria y la empresa tiene que pagar los salarios de tramitación y la cotización a la Seguridad Social.
A continuación, se debe acudir al SMAC para que realice un trabajo de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
SMAC corresponde a las siglas Servicio Mediación Arbitraje y Conciliación, y es un organismo que se encuentra disponible en todas las comunidades autónomas en el que se realiza la conciliación laboral antes de una reclamación judicial.
El objetivo del SMAC, por tanto, es el de lograr un acuerdo entre empresa y trabajador para evitar enfrentarse en un juicio laboral. Además, pasar por el SMAC es obligatorio antes de iniciar cualquier otra acción judicial.
Cuando se decide acudir al SMAC hay que tener en cuenta que no es obligatoria la intervención de un abogado y el trabajador despedido puede acudir solo. Aun así, siempre es recomendable que acuda un especialista en derecho laboral para solucionar cualquier percance que pueda surgir.
Una vez en el SMAC se debe presentar lo que se conoce como “papeleta de conciliación” en el plazo de 20 días hábiles después de la fecha en la que se produjo el despido. En el momento que el SMAC recibe la solicitud, suele tardar una media de entre 15 y 30 días en emitir la citación con la fecha y hora del acto de conciliación.
La empresa también recibirá la pertinente notificación para acudir al acto de conciliación, pero ¿qué escenarios existen?
Llegar a un acuerdo entre trabajador y empresa. En este caso se emitirá un acta de conciliación con fuerza ejecutiva.
Si la empresa no se presenta, el acto de conciliación quedaría sin efecto. En este caso, si el extrabajador interpone una demanda, la empresa podría ser condenada en costas.
Si no comparece ninguna de las partes, el acto de conciliación quedaría celebrado sin avenencia.
El SMAC no solo ejerce de mediador en el caso de despidos laborales. Cualquier desacuerdo entre trabajador y empresa puede ser abordado por este órgano. Así, por ejemplo, también se pueden solicitar los servicios en estos casos:
Sanciones disciplinarias
Dimisiones
Reclamaciones en relación con los derechos del trabajador
La papeleta de conciliación que se tiene que presentar al SMAC es un escrito no formal en el que deben aparecer los siguientes datos:
Lugar del centro de trabajo y antigüedad en la empresa
Descripción de los hechos por los que se presenta la papeleta: despido improcedente, sanciones disciplinarias, despidos colectivos…
Incluir el salario que se recibía, así como los diferentes complementos y pagas extraordinarias.
Se deben rellenar todos los datos que se soliciten y debe presentarse con firma original.
Av. de l'Oest, 36, 46001 València, Valencia
Teléfono: 961 27 19 28
Para los/as afiliados/as, A PARTIR DEL TERCER AÑO DE AFILIACIÓN, la tramitación de la papeleta de conciliación, el acompañamiento y asesoramiento es gratuito.
El juicio laboral se inicia cuando se verifica que no existe la posibilidad de alcanzar un acuerdo por la vía de la conciliación. Este es un procedimiento donde se solicita a la justicia hacer cumplir las leyes que protegen al trabajador o las condiciones establecidas en el contrato de trabajo.
Para iniciar un juicio laboral es necesario haber presentado previamente la papeleta de conciliación y realizar un acto de conciliación en el SMAC para intentar llegar a un acuerdo con la empresa.
El acto de conciliación laboral es obligatorio cuando se reclaman sanciones, despidos o cantidades. Pero si se reclama una adaptación de la jornada de trabajo o reducción de jornada no es necesario presentar la papeleta de conciliación.
Cuando se cumple con el acto de conciliación sin lograr un acuerdo se puede presentar la demanda para iniciar un juicio laboral. Esta demanda debe ser presentada en el Juzgado de lo Social y puede ser presentada por el propio trabajador.
Lo primero que se debe hacer para iniciar el juicio laboral es presentar la demanda en el registro del juzgado de lo social. Para que sea admitida a trámite el letrado de la administración la revisa para verificar que cumple con los requisitos.
Los requisitos que debe cumplir la demanda se encuentran establecidos en el artículo 80 de ley reguladora de la jurisdicción social. Estos requisitos son los siguientes:
Designar el órgano a dónde se dirige la demanda, que sería el juzgado de lo social correspondiente.
Nombrar a la parte demandada, que puede ser el empleador, la empresa, la mutua, la Seguridad Social o el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Plantear los hechos por los que se realiza la reclamación de forma clara y precisa.
La solicitud que se le hace al juez, donde se explica de forma detallada la reclamación que se hace a la empresa.
Cuando el Letrado de la administración verifica el cumplimiento de todos estos requisitos admite la demanda a trámite. Entonces el juzgado procede a enviar una copia de la misma a las partes demandadas.
El trabajador después que presenta la demanda sólo le queda esperar que el juzgado señala la fecha del juicio. El tiempo que tarda el juzgado para dar una fecha para el juicio va a depender del procedimiento y de la ciudad donde se realice la solicitud.
Cuando se va a iniciar el juicio el juez intenta de nuevo una conciliación ante el letrado de la administración para tratar de alcanzar un acuerdo entre las partes. En caso de que se logre un acuerdo tendrá la misma eficacia que una sentencia y si no se logra se da inicio al juicio laboral.
La forma como se desarrolla el juicio es la siguiente:
El juez comienza preguntando al trabajador o a su abogado, si ratifica la demanda o va a agregar algo más. Esta es una oportunidad para corregir o aclarar algún dato importante en la demanda.
El Juez algunas veces solicita al abogado que explique algunas cuestiones que no han quedado claras en la demanda. Cuando se realizan las aclaraciones solicitadas la empresa debe contestar la demanda presentando los fundamentos de derecho y hechos que considere necesarios.
Cuando se han revisado todos los hechos y escuchado los planteamientos de las partes, cada una procede a proponer las pruebas correspondientes. Lo recomendable es llevar prueba de todo porque no se sabe que va a presentar la parte demandada.
Entre los documentos que se deben tener está el convenio colectivo, la carta de despido y cualquier documento donde figure el salario, la antigüedad y la categoría profesional.
También se puede proponer todos los testigos que se consideren necesarios y el juez será quien valide la actuación de cada uno de ellos de acuerdo con la relación que tenga con las partes.
Cuando se presentan las pruebas se deben emitir las conclusiones por cada parte y finalizado esto, solo queda esperar la sentencia.
Cuando finaliza el juicio oral las partes deben esperar la sentencia, el tiempo que tarde depende de las condiciones del juzgado y de la Comunidad Autónoma.
Una vez se emita la sentencia si es favorable al trabajador la empresa está obligada a cumplir con lo establecido en la misma.
Si la empresa no cumple de forma voluntaria la sentencia, el trabajador tiene que ejecutarla. Para ello tiene que presentar una demanda de ejecución lo cual se hace en el juzgado que emitió la sentencia.
En caso de que las partes no estén de acuerdo con la sentencia pueden recurrir al recurso de suplicación. Para anunciar el recurso se tiene un primer plazo de cinco días cuando el juzgado lo anuncie y lo acepte, se tiene un plazo de 10 días para presentarlo.
El objetivo de las pruebas en un juicio de cualquier tipo es probar los hechos que discuten las partes involucradas en el proceso. La práctica de las pruebas es una de las partes más importantes en un juicio ya que determinan el resultado del mismo.
Las pruebas que se tienen que presentar son las relacionadas con el asunto que discute la parte contraria. Por lo que las pruebas que no tengan relación con la reclamación pueden ser rechazadas por el juez.
La presentación de las pruebas se hace en el mismo momento del juicio, pero en algunas ocasiones se puede hacer la solicitud en la demanda. Cuando se presenta la demanda se puede pedir al juez que solicite determinada documentación a la empresa y que cite algunos testigos.
Las pruebas casi todas son válidas siempre que permitan certificar los hechos que se están discutiendo. Entre las que se pueden presentar están:
Correos electrónicos.
Grabaciones.
Whatsapps.
Prueba documental.
Testifical de trabajadores, proveedores o clientes.
La admisión de las pruebas depende de que se cumpla lo establecido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción social, artículo 90. Donde se establece que no admiten pruebas que supongan una violación de las libertades públicas o de los derechos fundamentales.
Las grabaciones video o audio como prueba se pueden presentar llevando un aparato electrónico donde se pueda reproducir la grabación en la vista. Esta será la forma de que el juez y la empresa la escuchen para que sea una prueba válida.
Las conversaciones de Whatsapp son válidas como prueba en un juicio laboral, el problema es cómo presentarlas. La mejor forma de hacerlo es presentar el documental, para ello hay que transcribir la conversación. También se puede hacer por una captura de pantalla o presentando la copia de seguridad almacenada en el dispositivo móvil.
Esta prueba también se puede presentar a través de un acta notarial o solicitar que el letrado de la administración compare los mensajes.
La empresa puede presentar las grabaciones de las cámaras de vigilancia, pero debe avisar con antelación la existencia de dichas cámaras. También debe haber comunicado a los trabajadores que pueden utilizarse para imponer las sanciones.
Estas pruebas son los escritos que existen en toda relación laboral, conformados por convenios colectivos, contratos de trabajo. Las cartas de trabajo, informe de vida laboral, los correos electrónicos, la nómina, entre otros,
La forma de aportar esta prueba es de la siguiente manera: una hoja que contenga la relación de los documentos que se consignan. Estos deben estar ordenados, numerados y relacionados.
Cuando el trabajador no tenga el contrato de trabajo o las nóminas, debe solicitarlo con cinco días de antelación. Esto con el propósito de que sean entregadas por la empresa al momento del juicio.
Para la presentación de testigos no existe límite, pero el juez puede limitar la cantidad en caso de considerarlos inútiles. Esto debido a que hablan sobre los mismos hechos y no aportan ninguna información nueva.
Al juicio se puede citar a cualquier persona, sin importar que tenga relación con las partes o con el juicio. Porque el juez no le dará el mismo valor a la declaración testifical de una persona que pueda verse beneficiada o perjudicada con el juicio que a la que no tiene ningún tipo de interés en el mismo.
El falso testimonio en un juicio laboral puede ser considerado un delito.
El juicio laboral es un proceso económico porque no se requiere de procurador, abogado o graduado social. Esto debido a que los trabajadores pueden demandar a la empresa por sí solos, no pagan tasas y tampoco existe condena de costa.
Cuando el trabajador presenta la demanda por sí sólo el coste del juicio es muy bajo. Sin embargo, en caso de ser representado por un abogado la tarifa de los honorarios se modula respecto a la cuantía a reclamar.
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