En 2022, el Tribunal Supremo reiteró su doctrina (sentencia 257/2020) y estableció que todos los permisos retribuidos deberán disfrutarse en días laborables. Y, en el caso de que el hecho causante tuviera lugar en día festivo o no laborable, el cómputo de los permisos comenzará el primer día laborable siguiente a aquel en que se produce el hecho causante (la causa) que da derecho al permiso.
Es así, ya que los permisos solo tienen sentido si se dan en un período de tiempo en el que hay obligación de trabajar. De lo contrario, no tendría sentido que su principal efecto fuese ausentarse del trabajo.
El Supremo ha venido entendiendo que los permisos retribuidos se solicitan y conceden para disfrutarlos en días laborables, ya que en días festivos no es preciso pedirlos, porque no se trabaja. Por ello, sería contradictorio que se disfrutaran en días en los que no se trabaja, cuando se solicitan para ausentarse del trabajo.
15 días naturales.
RDL 5/2023
16 días naturales.
Convenio Colectivo Estatal de Jardinería
5 días laborales.
Hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella.
El permiso por hospitalización de un familiar se debe contar desde el primer día laborable; es decir, si la hospitalización tiene lugar un sábado y la jornada empieza el lunes, el permiso empezará este día, y no el sábado.
La jurisprudencia también ha dictado que una persona trabajadora no está obligada a coger los días de permiso de manera inmediata. Por ejemplo, en caso de una hospitalización prolongada de un familiar, puede cogerlos mientras dure la hospitalización.
El alta hospitalaria no siempre supone la finalización del permiso si no hay alta médica, y el familiar permanece en reposo domiciliario. Por lo tanto, si el familiar vuelve a casa pero siguen las causas del hecho causante, puede disfrutarse de lo que queda del permiso.
Si el trabajador ya ha disfrutado del permiso con anterioridad, y vuelven a ingresar a un familiar por las mismas dolencias, puede tener derecho a un nuevo permiso, ya que cada hospitalización (aunque sea por la misma enfermedad) supone un hecho causante diferente, por lo que da derecho a permisos sucesivos.
RDL 5/2023
4 días naturales o 2 laborales.
4 días naturales según el Convenio Colectivo.
2 días laborales según el RDL 5/2023 (Cuando por dicho motivo la persona trabajadora necesite desplazarse se ampliará en 2 días más)
1 día natural.
Convenio Colectivo Estatal de Jardinería
4 días naturales (en los que al menos dos de ellos serán hábiles).
Convenio Colectivo Estatal de Jardinería
El tiempo que sea necesario.
Para la asistencia a los exámenes a que deba concurrir el trabajador/a para estudios de Formación Profesional, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Universitarios y examen del permiso de conducir.
Convenio Colectivo Estatal de Jardinería
2 días laborales.
Convenio Colectivo Estatal de Jardinería
1 día natural, 2 si es fuera de la provincia.
Máximo de tres bodas por año natural o proporcionalmente si fuera inferior al tiempo de duración del contrato de trabajo.
Convenio Colectivo Estatal de Jardinería
El tiempo que sea necesario.
Requiere justificante médico.
Convenio Colectivo Estatal de Jardinería
El tiempo indispensable.
Incluye en los casos de adopción, guarda y fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.
Convenio Colectivo Estatal de Jardinería
6 días laborales.
La persona trabajadora es quien elige la fecha de su disfrute. Aquellas personas trabajadoras que viniesen disfrutando de un número distinto de días de asuntos propios, consecuencia de pactos de ámbito inferior al Estatal, seguirán disfrutando los días que tengan pactados, que en ningún caso podrán ser menos de tres.
En cualquier caso los días de asuntos propios tendrán la consideración de jornada efectiva de trabajo a los efectos de determinar el cumplimiento de la jornada ordinaria anual.
Se entiende que dichos días de asuntos propios no son acumulables a otros días por asuntos propios que estuviesen pactados. Asimismo se respetarán en cualquier caso las condiciones más beneficiosas para la persona trabajadora que se hubiesen pactado referentes a los asuntos propios.
La persona trabajadora deberá avisar su disfrute con la mayor antelación posible, y en todo caso con al menos 48 horas a su disfrute, salvo caso de fuerza mayor.
Las personas trabajadoras con contrato inferior a un año disfrutarán estos días de manera proporcional a la duración de su contrato.
Convenio Colectivo Estatal de Jardinería
4 días laborales al año.
La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.
Las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas previstas en el presente apartado equivalentes a cuatro días al año, conforme a lo establecido en convenio colectivo o, en su defecto, en acuerdo entre la empresa y la representación legal de las personas trabajadoras aportando las personas trabajadoras, en su caso, acreditación del motivo de ausencia.
Cuando sea necesario, es decir, existe una necesidad inmediata de utilizar este permiso, que no existe en otros permisos que no requieren la necesidad como un requisito;
Por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, sólo y exclusivamente se puede tratar de estos sujetos;
En caso de enfermedad o accidente; este es el hecho causante, una enfermedad o un accidente que requiera una asistencia urgente de la persona trabajadora, una emergencia de un familiar o de la persona conviviente. Fuera de estos hechos causantes, se utilizaría otros permisos, tales como los permisos de 5 días por hospitalización o intervención quirúrgica.
Que hagan indispensable su presencia inmediata; una situación que requiere una asistencia o atención inmediata de la persona trabajadora, sin poder esperar a su desarrollo por ser inesperada. Es decir, la presencia inmediata del empleado se torna indispensable.
RDL 5/2023
Información adicional complementaria para la mejor comprensión de las licencias que recurren a los grados de afinidad y consanguinidad.
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Empezamos estableciendo la diferencia entre estos términos, que a veces se confunde:
los días hábiles son de lunes a viernes de cada semana. Excluyen los sábados, domingos y festivos.
los días inhábiles son los fines de semana y festivos.
los días laborables suelen ser los que trabajamos, por lo que hay empresas o sectores que, por la naturaleza de su trabajo, pueden incluir más días, como los sábados.
los días naturales son los 365 o 366 días del año.